Desde la Direción Provincial de Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires comunican que a partir del 2 de noviembre se ha implementado la nueva Carátula Rogatoria Notarial, según DTR 11/2015. Hasta el 31 de diciembre se podrá utilizar en forma indistinta la carátula rogatoria actualmente en vigencia o la nueva carátula, pasando esta última a ser de uso obligatorio a partir del 2 de enero de 2016.

El diseño actual data del año 1983. Desde su origen la carátula fue pensada con una doble finalidad. Por un lado la de resguardar la documentación que ingresa al Registro y por el otro la de contener los datos imprescindibles para conformar el Sistema de Libro Diario, agilizando la circulación interna.

La carátula junto con el formulario de Folio Real Ley 9590 y la minuta de inscripción, constituyen la rogatoria de toda documentación de origen notarial.

El diseño actual de la carátula fue exitoso y eficiente, lo que posibilitó que continúe vigente hasta el día de hoy. No obstante, los cambios ocurridos y la experiencia que generó su uso durante todos estos años han hecho necesaria su actualización y  mejora.

Hacé click y conocé más sobre la Información necesaria para completar la Carátula Rogatoria Notarial

Para despejar cualquier duda que le pueda surgir a los gestores o a clientes escribanos con relación al llenado de la misma, pueden escribir al correo: secretaria@colegiodegestores.com.ar