CON RETROACTIVIDAD AL PRIMERO DE AGOSTO de 2012, SE HA DICTADO UNA NUEVA NORMA PARA DDJJ ANTE LA UIF.
SE TRATA DE LA DISP. DN 293/12 Y RES. UIF 127/12, QUE DEJA ESTABLECIDO QUE LA ACREDITACION DEL ORIGEN DE LOS FONDOS, SERA NECESARIA EN LAS OPERACIONES POR MONTOS DE $ 300.000 O MAS, EN LAS RESTANTES OPERACIONES, SOLO SE PRESENTARA LA DJJ DE PERSONA POLÍTICAMENTE EXPUESTA O LA NEGATIVA A REALIZARLA O REALIZAR LA JUSTIFICACIÓN DE FONDOS, EN CASO QUE CORRESPONDA,CON LO CUAL SE MODIFICA SUSTANCIALMENTE EL PROCEDIMIENTO VIGENTE. EN EL NUEVO MODELO DE DJJ NO SE CONSIGNA DECLARACION ALGUNA EN CUANTO AL ORIGEN DE LOS FONDOS. SI ES MENESTER VOLCAR TODOS LOS DATOS QUE IDENTIFIQUEN A LA PERSONA FÍSICA O REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURIDICA, EN LA SOLICITUD TIPO. LAS OPERACIONES ALCANZADAS SIGUEN SIENDO LA INSCRIPCIÓN INICIAL, TRANSFERENCIA , CONSTITUCIÓN DE PRENDA Y CANCELACION ANTICIPADA DE PRENDA.
Se puede consultar la misma en el siguiente link: DISP. DN 293/12