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ene 02 2013

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IMPUESTO DE SELLOS Y A LA RADICACIÓN DE AUTOMOTORES

Provincia de Buenos Aires, Novedades en el sistema Gercydas.

CIRCULAR D.R. N° 00025

En el marco del Convenio de Complementaron de Servicios suscripto oportunamente entre la Dirección Nacional y el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, se informa que a partir del día 2 de enero de 2013 de acuerdo a lo informado por la Administración de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (Arba) mediante Nota 417/12, entró en vigencia la nueva versión del aplicativo Gercydas 2, el cual recepta las modificaciones introducidas por la ley N° 14394, Impositiva anual.

En cuanto al Impuesto de Sellos:

  • Incorporación de la obligación de pago para los automotores municipalizados (modelo año 1990 – 2001).
  • Incrementando de un 20% del monto de la obligación a percibir cuando el contrato se realizó en moneda extranjera. La conversión del monto imponible a moneda nacional se hará conforme a las estipulaciones del Artículo 289 del Código Fiscal: “S; el valor imponible se expresara en moneda extranjera, el impuesto deberá liquidarse sobre el equivalente en moneda argentina al Tipo de Cambio tipo vendedor vigente al cierre del primer día hábil anterior a la fecha del acto, registrado y/o publicado por el Banco de la Nación Argentina, que se corresponda con la naturaleza de la operación gravada.”

En cuanto al Impuesto a la Radicación de Automotores:

  • Cesión a los Municipios de radicación del Crédito Fiscal de los automotores modelo año 2001. El sistema Gercydas 2, se encontrará operativo para este tipo de automotores y al solo efecto del ingreso de trámites del año 2012 y de las DDJJ pertinentes hasta el 7 de enero de 2013.-
  • Cumplido los ingresos mencionados, la tramitación de los modelos referidos, se realizará conforme a la operatoria de los Automotores municipalizados al amparo de lo indicado en la Disposición DN N° 401/03 y normas complementarias.-

Acerca del autor

Colegio de Gestores Delegacion II

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