En vista de las medidas de fuerza que afectan al sector bancario y para facilitar el oportuno cumplimiento del tributo, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires resolvió prorrogar hasta el 8 de junio próximo el vencimiento de la primera cuota y pago anual del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas, que operaba el 26 de mayo.
Cabe recordar que el tributo comprende a aquellas embarcaciones afectadas al desarrollo de actividades deportivas o de recreación, que estén propulsadas en forma principal o accesoria a motor, lo que incluye motos de agua y jet ski, y que tengan su fondeadero, amarre o guardería habitual en territorio bonaerense.
Recientemente, Arba estableció los nuevos valores de referencia y depreciación que se utilizan para calcular este impuesto (pueden consultarse en la Resolución N° 020/15), que fueron fijados tomando en consideración las sugerencias y aportes que el organismo recibió durante reuniones mantenidas con representantes del sector náutico, y el llamado a consulta pública que dispuso para contribuyentes.
Quienes se encuentren alcanzados por el tributo deben ahora ingresar a www.arba.gov.ar para informar las características técnicas de su embarcación, de forma que Arba determine sobre la base de las nuevas tablas de valuación cuál es el importe a pagar por cada contribuyente.
Esta declaración jurada se realizará por única vez, ya que a partir de esos datos la Agencia de Recaudación podrá liquidar los futuros valores del tributo, cuya segunda cuota vencerá el 12 de noviembre.
Una vez que los contribuyentes completen en la página web de Arba la declaración jurada informativa, el sistema les indicará cómo generar la liquidación del Impuesto a las Embarcaciones para que puedan abonarlo antes del vencimiento.
Para ello, tendrán a disposición las opciones de pago electrónico, como tarjeta de crédito, débito en cuenta bancaria u otras que se elijan. Respecto de la tarjeta, cabe destacar que se puede optar por abonar el importe anual o la primera cuota sin necesidad de suscribirse al sistema de débito automático.
A los contribuyentes que ya hubiesen abonado total o parcialmente el impuesto, calculado sobre la base de las antiguas tablas de valuación, Arba les brindará, en caso de corresponder, una compensación de oficio, tomando ese importe como pago a cuenta para saldar una o más cuotas del tributo, de acuerdo a lo que surja de la nueva liquidación.