En  vista de las medidas  de fuerza que afectan  al sector  bancario y para  facilitar  el oportuno cumplimiento  del tributo, la Agencia  de Recaudación de la provincia  de Buenos Aires resolvió prorrogar hasta el 8 de junio próximo el vencimiento de la primera  cuota y pago anual del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas, que operaba el 26 de mayo.

Cabe recordar  que el tributo comprende   a aquellas embarcaciones  afectadas al desarrollo  de actividades deportivas o de recreación, que estén propulsadas en forma principal o accesoria  a motor, lo que incluye motos de agua y jet ski, y que tengan su fondeadero,  amarre o guardería habitual en territorio bonaerense.

Recientemente, Arba estableció los nuevos valores de referencia y depreciación que se utilizan para calcular este impuesto (pueden consultarse en la Resolución  N° 020/15), que fueron fijados tomando en consideración  las sugerencias y aportes que el organismo recibió durante reuniones mantenidas  con representantes  del sector náutico,  y el llamado  a consulta  pública  que dispuso para contribuyentes.

Quienes  se encuentren alcanzados por el tributo deben ahora ingresar a  www.arba.gov.ar para informar las características técnicas de su embarcación,  de forma que Arba determine sobre la base de las nuevas tablas de valuación cuál es el importe a pagar por cada contribuyente.

Esta declaración  jurada  se realizará por única  vez, ya que a partir  de esos datos la Agencia  de Recaudación podrá liquidar los futuros valores del tributo, cuya segunda cuota  vencerá el 12 de noviembre.

Una  vez que los contribuyentes  completen  en la  página  web de Arba  la  declaración  jurada informativa, el sistema les indicará cómo generar la liquidación  del Impuesto a las Embarcaciones para que puedan abonarlo antes del vencimiento.

Para ello, tendrán a disposición  las opciones  de pago electrónico, como tarjeta de crédito, débito en cuenta bancaria u otras que se elijan. Respecto de la tarjeta, cabe destacar que se puede optar por abonar el importe anual o la primera  cuota sin necesidad de suscribirse  al sistema de débito automático.

A los contribuyentes que ya hubiesen abonado total o parcialmente el impuesto, calculado sobre la  base  de las antiguas  tablas  de valuación,  Arba  les brindará,  en caso  de corresponder, una compensación de oficio, tomando ese importe como  pago a cuenta para saldar una o más cuotas del tributo, de acuerdo  a lo que surja de la nueva liquidación.